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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos se pronuncia, por primera vez, sobre la vacunación obligatoria

En una sentencia histórica, el TEDH ha dictaminado que la vacunación obligatoria es necesaria y que todos los niños deben estar protegidos contra enfermedades graves a través de este tipo de medidas preventivas.

09/04/2021

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha dictaminado que la vacunación obligatoria es "necesaria en una sociedad democrática", en una sentencia histórica, ya que desde su creación en 1959, es la primera vez que se pronuncia sobre la vacunación obligatoria contra las enfermedades infantiles. La sentencia se refiere al "caso ...

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha dictaminado que la vacunación obligatoria es "necesaria en una sociedad democrática", en una sentencia histórica, ya que desde su creación en 1959, es la primera vez que se pronuncia sobre la vacunación obligatoria contra las enfermedades infantiles.

La sentencia se refiere al "caso Vavricka" contra la República Checa, en el que un grupo de checos habían recurrido al TEDH, entre 2013 y 2015, después de haber sido multados por negarse a vacunar a sus hijos. Al respecto, las leyes checas exigen que los niños sean vacunados, en principio, contra difteria, tétanos, tos ferina, Haemophilus influenza de tipo B, poliomielitis, hepatitis B, sarampión, paperas, rubeola y, en casos específicos y el neumococo y quienes no cumplan con la normativa pueden ser multados, además de que los niños no vacunados no puedan acudir a escuelas ni guarderías..

El TEDH argumentó que las medidas sancionadoras tenían un "justo equilibrio con los objetivos perseguidos por el Estado checo, es decir, la protección contra enfermedades que representan un riesgo grave para la salud". "El objetivo tiene que ser que todo niño esté protegido contra enfermedades graves, mediante la vacunación o en virtud de la inmunidad colectiva", tal como ha establecido dicho Tribunal que, además, sienta precedente al considerar que no se había violado el artículo 8 sobre el derecho al respeto de la vida privada del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

La vacunación es rentable

Sobre las multas impuestas, el fallo señala que "no fueron excesivas" y aunque la no admisión en las escuelas infantiles implicara la pérdida de una oportunidad para el desarrollo de la personalidad, se trata de "una medida preventiva más que punitiva", según el documento.

En su decisión, el Tribunal europeo señaló, además, que había "un consenso generalizado de que la vacunación era una de las intervenciones de salud más exitosas y rentables, y que cada Estado debería apuntar a lograr el nivel más alto posible de vacunación entre su población".

Aunque los casos checos se presentaron entre 2013-2015 y se refieren a la vacunación de niños pequeños, el dictamen podría tener implicaciones para las políticas de vacunación contra COVID-19 y en relación con las discusiones sobre si los Estados pueden hacer obligatoria la aplicación de la vacuna contra el coronavirus. Actualmente, en el conjunto de la UE la administración de vacunas no es obligatoria y la mayoría de los Estados deja en manos de los ciudadanos la decisión de adoptar este tipo de medidas preventivas.

La decisión fue dictada por la máxima instancia del tribunal con sede en Estrasburgo, la Gran Sala, que está compuesta por 17 jueces europeos, y no puede apelarse. Fue aprobado por 16 votos contra 1.

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