IM MÉDICO #46

MEDICINA PREVENTIVA im MÉDICO | 46 72 Al respecto, a mediados del mes de febrero, la SEMPSPH (Sociedad Española de Medicina Preventiva, Salud Pública e Higiene) y la semFYC (Sociedad Española deMedicina de Fami- lia y Comunitaria) elaboraron conjuntamente un comunicado para solicitar que la vacunación frente al Covid-19 se haga en Atención Primaria y en los servicios de Medicina Preventiva. La SEMPSPH y la semFYC consideran que la vacunación frente al SARS-CoV-2, tanto de los grupos de alto riesgo como del conjunto de la población, debería realizarse en los servicios de Medicina Preventiva y en los equipos de Atención Primaria, en el marco de una estrategia colaborativa entre Atención Primaria y Hospitalaria. Ambas sociedades estiman que los “vacunódromos” no son necesarios, puesto que tan solo es imprescindible dimensionar adecuadamente los servicios sanitarios y seguir protocolos específicos diseñados por Salud Pública. Este posicionamiento viene motivado por el acuerdo de la Comisión de Salud Pública, en la que están representadas las comunidades autónomas y el Ministerio de Sanidad, en el que se propone continuar avanzado en la Estrategia deVacunación contra el Covid-19 priorizando la vacunación en función de la edad, al ser el principal factor de riesgo de enfermedad grave y mortalidad, y vacunando a menores de 60 años con condiciones de riesgo elevado de padecer enfermedad grave por SARS-Cov-2. A este respecto, los especialistas enMedicina Preventiva y Salud Pública y enMedicina Familiar y Comunitaria solicitan a la citada Ponencia que se tenga en cuenta el Consenso de Vacunación en Grupos de Riesgo elaborado por la SEMPSPH. Se trata del documento más completo basado en la evidencia científica realizado hasta el momento. Se entiende que ahora, en aquellos centros hospitalarios donde los servicios de Medicina Preventiva cuentan con una adecua- da dotación de recursos humanos y en los 13.000 equipos de Atención Primaria que existen en España, se debería articular la vacunación frente a la Covid-19 distinguiendo entre estos dos grupos poblacionales. Por una parte, el grueso de los grupos de edad de la población general y, por otra parte, aquellos pacientes que se encuentran en situación de alto riesgo por tratarse de pacientes inmunodeprimidos. A día de hoy, los servicios de Medicina Preventiva y Atención Primaria ya están colaborando en la resolución de dudas en la vacunación de pacientes y personal de residencias de mayo- res y centros de día que presentan alguna condición médica particular. Desde la SEMPSPH y la semFYC se insiste en que se si se hace efectiva la colaboración entre Medicina de Familia en Atención Primaria y los servicios de Medicina Preventiva de los centros hospitalarios no es necesario externalizar la vacunación como ya anunciado alguna comunidad autónoma, ni el establecimiento de “vacunódromos” en lugares no destinados a la atención médica. Uso de mascarillas autofiltrantes Existe un debate en la sociedad sobre la necesidad y obligatoriedad del uso de las mascarillas autofiltrantes (FFP2 y FFP3) por parte de la población general, sobre todo en espacios públicos compartidos y transporte públi - co. En diversos países de la Unión Europea se están tomando estas medidas. En España, algunas Comunidades Autónomas plantean su implementación. La mascarilla de alta eficacia o autofiltrante es un material diseñado para proteger al usuario de la exposición a contaminantes en el aire (por ejemplo, de la inhalación de agentes infecciosos presentes en las gotitas respirato - rias exhaladas) y se clasifica como equipo de protección individual (EPI). Son usadas principalmente por profe - sionales sanitarios para protegerse en la atención clínica a pacientes sospechosos o confirmados de infección por SARS-CoV-2, especialmente durante los procedimientos que generan aerosoles. A febrero de 2021, los especialistas de la SEMPSPH hicieron público su posicionamiento acerca de este tema, concluyendo que no se recomienda la obligatoriedad del uso de mascarillas autofiltrantes por parte de la pobla - ción general. Desde el punto de vista de la Sociedad, es recomendable el uso de mascarillas quirúrgicas para la población general en espacios interiores con poca ventilación o cuando ésta no puede ser evaluada o mantenida de forma adecuada. Resaltan, además, que cualquier regulación de la obligatoriedad de esta medida debe estar enmarcada en una estrategia más amplia de salud pública que garantice: - Que la medida esta acorde al riesgo de transmisión en el momento de su implantación. - Que se cumplen el resto de medidas preventivas de manera conjunta (uso adecuado de mascarillas higiénicas y quirúrgicas, ventilación, aforos, higiene de manos). - Que los mensajes lleguen de forma eficaz a toda la población. - Que los precios sean asequibles al nivel de renta de la población. - Que no hay escasez de suministro de mascarillas autofiltrantes para aquellas personas y situaciones en las que éstas están claramente indicadas (por ejemplo, personal sanitario que atiende a pacientes con sospecha o confirmación de Covid-19).

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