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El Consejo de la UE da luz verde a la prórroga del reglamento por el que se amplía un año el certificado digital COVID

El reglamento por el que se establece el certificado COVID digital UE se mantendrá en vi en un principio, hasta el 30 de junio de 2023.

29/06/2022

El reglamento actual por el que se establece el certificado COVID digital de la UE, en vigor desde el 1 de julio de 2021, se ha prorrogado hasta el 30 de junio de 2023, tras ser adoptada formalmente por el Consejo de la UE. La pasada semana fue el Parlamento Europeo ...

El reglamento actual por el que se establece el certificado COVID digital de la UE, en vigor desde el 1 de julio de 2021, se ha prorrogado hasta el 30 de junio de 2023, tras ser adoptada formalmente por el Consejo de la UE.

La pasada semana fue el Parlamento Europeo el que confirmaba el acuerdo del 13 de junio con los Estados miembros para extender el marco legal de dicho certificado. "Debido a la evolución impredecible del virus, el Parlamento extiende su aplicación un año más para garantizar que los ciudadanos siguen teniendo derecho a la libertad de movimiento dentro de la UE. Confiamos en que sea la última prórroga. Hemos pedido a la Comisión que evalúe antes del 31 de diciembre de 2022 si la legislación puede suprimirse tan pronto como la situación epidemiológica lo permita", según manifestaba el ponente y europarlamentario español Juan Fernando López Aguilar.

Con el objetivo de facilitar los viajes a través del bloque de 27 naciones durante la pandemia, los certificados entraron en vigor en julio del año pasado como herramienta para ayudar a los ciudadanos de la UE a moverse fuera de su país sin restricciones como las cuarentenas. Se calcula que, hasta la fecha, se han emitido casi 2.000 millones de certificados.

Novedades que incluye la nueva prórroga

En el reciente documento de ratificación se añade una serie de novedades, entre las que cabe destacar la obligación de que la Comisión europea presente un informe detallado a más tardar el 31 de diciembre de 2022. Este informe podría ir acompañado de propuestas legislativas que permitan una nueva evaluación de la necesidad de revocar o mantener el certificado, en función de la evolución de la situación sanitaria.

Se introduce, además, la aclaración de que los certificados de vacunación deben reflejar todas las dosis administradas; independientemente del estado miembro donde las personas hayan recibido su vacunación.

Asimismo, se contempla la posibilidad de emitir un certificado de recuperación después de una prueba de antígeno; así como la ampliación de la gama de pruebas de antígenos autorizados utilizados para calificar para un certificado COVID-19.

Finalmente, se plantea la posibilidad de permitir que se expidan certificados de vacunación a las personas que participen en ensayos clínicos.

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