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Aprobada la ley de mutuas

El Consejo de Ministros ha aprobado esta ley con el objetivo de controlar las bajas laborales desde el primer día y luchar contra el absentismo laboral.

22/07/2014

Con la aprobación de la nueva ley de mutuas, las entidades podrán seguir la evolución de los trabajadores que están de baja desde el primer día de enfermedad. La Seguridad Social prevé ahorrar más de 500 millones de euros con esta medida. En esta nueva regulación, el médico seguirá siendo ...

Con la aprobación de la nueva ley de mutuas, las entidades podrán seguir la evolución de los trabajadores que están de baja desde el primer día de enfermedad. La Seguridad Social prevé ahorrar más de 500 millones de euros con esta medida. En esta nueva regulación, el médico seguirá siendo el encargado de dar el alta médica, mientras que la mutua podrá hacer una propuesta de alta que el servicio público de la salud, “a través de sus médicos”, podrá responder en el plazo de 5 días hábiles, antes era de 15. Además, "la mutua puede efectuar controles de la incapacidad temporal desde el primer día y, en el caso de que la propuesta de alta sea negativa por parte del servicio público o no se conteste, la mutua podrá dirigirse al Instituto Nacional de Seguridad Social para que le responde en 4 día hábiles posteriores".

La nueva ley sustituye el actual sistema de expedición de los partes médicos de confirmación por otro basado en la distinción de cuatro grupos de procesos (muy cortos, cortos, largos o muy largos), con distinta periodicidad en la expedición de los indicados partes. En concreto, se establece que, en los procesos en los que se estimen cinco días de baja, el parte de baja y el de alta se podrán expedir en la misma visita médica. Si la duración de la IT se estima en entre cinco y 30 días, el parte de confirmación de la baja deberá expedirse cada dos semanas; si el proceso está previsto que dure entre 31 y 60 días, el parte de confirmación se dará cada 28 días, y en enfermedades de larga duración, de más de 61 días, la confirmación de la baja se expedirá cada 35 días.

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