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El debate de la eutanasia, más vivo que nunca

El XXIV Congreso Nacional de Psiquiatría en el Palacio de Congresos de la ciudad de Valencia acoge este último día el debate sobre la eutanasia

30/10/2021

"Hay dos principios fundamentales. Por un lado, la vida y, por otro, la libertad", así ha tenido comienzo el debate sobre la eutanasia en el último día del XXIV Congreso Nacional de Psiquiatría en el Palacio de Congresos de la ciudad de Valencia. Julia García Albea Martín, doctora y psiquiatra, ha ...

"Hay dos principios fundamentales. Por un lado, la vida y, por otro, la libertad", así ha tenido comienzo el debate sobre la eutanasia en el último día del XXIV Congreso Nacional de Psiquiatría en el Palacio de Congresos de la ciudad de Valencia.

Julia García Albea Martín, doctora y psiquiatra, ha explicado distintos términos que a veces pueden crean confusión en este debate y hay que tener bien claros. "Partimos de la base de que es una polémica ley la de la eutanasia", comenta García. Por un lado, tenemos que eutanasia es "la administración de un fármaco para producir la muerte de un paciente que lo ha solicitado de forma voluntaria y reiterada, por padecer una enfermedad incurable que siente como inaceptable y no ha podido ser calmada por otros medios. Por tanto, siempre será activa, directa, voluntaria y realizada por parte de un profesional sanitario". Esto es distinto a lo que es el suicidio médicamente asistido (SMA), que quiere decir que la actuación del profesional se limita a proporcionar al paciente los medios imprescindibles para que sea él mismo quien se produzca la muerte. "La principal diferencia que hay con respecto a la eutanasia es a la hora de llevar a cabo la acción, es decir, aquí es el propio paciente quien tomará la medicación. La función del profesional en este caso es la información y prescripción del fármaco letal", señala la psiquiatra.

Otra cosa es la limitación de tratamientos de soporte vital que consiste en retirar o no iniciar medidas de soporte vital cuando el profesional sanitario considera que es "fútil", es decir, no le produce ningún beneficio al paciente, ni va a mejorar su pronostico ni calidad de vida, por tanto, mantener dicho tratamiento sería maleficente puesto que, lo que se prolongaría es la agonía del enfermo y la familia, cayendo en la denominada obstinación terapéutica. "La principal diferencia con respecto a la eutanasia es que la muerte no se produce por la intervención del profesional, sino por la evolución propia de la enfermedad", asegura la doctora. "Todo esto está aceptado", puntualiza García.

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En cambio, la sedación paliativa/terminal quiere decir la administración de fármacos en las dosis y combinaciones necesarias para lograr el alivio de uno o varios síntomas refractarios, que no pueden ser controlados con los tratamientos habituales y requiere la disminución del nivel de conciencia de un paciente cuya muerte se prevé próxima, con el consentimiento explicito, implícito o delegado.

"Son cosas que nos confundimos al defenderlas", afirma García. Otra cosa es el documento de instrucciones previas (DIP) o voluntades anticipadas (DVA) que es un documento por el que "la persona mayor de edad, capaz y libre puede dejar constancia de forma anticipada de las instrucciones relativas a su atención sanitaria en caso de padecer una situación de incapacidad para poder participar en la toma de decisiones, así como la posibilidad de asignar un representante como interlocutor de sus deseos con los profesionales sanitarios e incluso llegado el fallecimiento, su voluntad sobre el destino de su cuerpo", hace hincapié García.

Otros términos relevantes que ha explicado la doctora son la objeción de conciencia que es la negativa por parte de un profesional sanitario, a ejecutar o cooperar en la realización de practicas clínicas por motivos de conciencia (moral o religiosa). "Para ello, la acción debe ser de tipo individual y privada. El objetor pretende una excepción a la ley general, no cambiar la norma. Es considerada una forma de proteger la libertad ideológica y como derecho de los profesionales sanitarios recogido en los distintos códigos deontológicos", declara García. Y el término de calidad de vida que, según la OMS, es la "percepción de un individuo tiene de su lugar en la existencia, en el contexto de la cultura y del sistema de valores en los que vive y en relación con sus objetivos, sus expectativas, sus normas, sus inquietudes". Se trata de un concepto que esta influido por la salud física del sujeto (aspectos biológicos), su estado psicológico, su nivel de independencia, sus relaciones sociales/entorno, y su espiritualidad.

Por su parte, Marta Navas Tejedor, psiquiatra del Hospital Clínico San Carlos (Madrid), ha recalcado que lo complicado de la ley es precisamente "ser capaz y consciente en el momento de la solicitud"(esto es uno de los requisitos fundamentales).

"La capacidad se tiene que medir en un momento determinado para una función determinada. La acción es la muerte y es irreversible", destaca Navas. La persona tiene que ser capaz, pero si no lo es, hay un consentimiento informado unificado que permite que lo haga otra persona. Para ello es importante que "el médico responsable no solo se fije en los criterios cognitivos sino también en los afectivos y los valores, ya que son fundamentales en estos casos", cuenta la psiquiatra.

¿Cómo ha de evaluarse la capacidad? En primer lugar, se debe valorar el riesgo/beneficio de las consecuencias de la decisión a tomar, en las circunstancias concretas del paciente, para emplear si procede la escala móvil de capacidad. En segundo lugar, debemos explorar los deseos, sentimientos, creencias y valores de la persona y su influencia en la toma de decisiones. En tercero, contrastar información con el entorno del paciente para evitar valoraciones erróneas. Y, finalmente, registrar detalladamente el proceso de evaluación y los datos clínicos que lo sustenten. "No solo eso, debe existir cuatro componentes en la capacidad de decisión: comprensión, apreciación, razonamiento y expresión", puntualiza la doctora.

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Para Navas, la evaluación de la capacidad mental debe ser "prudencial y razonada, valorando las circunstancias del caso, la historia clínica anterior, la evaluación psicopatológica actual, el apoyo familiar y social, los valores del paciente y las consecuencias previsibles de la decisión a tomar. En determinados casos puede ser útil el empleo de una entrevista semi-estructurada que revise las habilidades para tomar decisiones".

"Los tiempos de la ley no son ajustados, es un grave error que hace invalorable al paciente. No puedes valorar globalmente, su sufrimiento, su cultura, su pensamiento… En 7 días no se diagnostica una depresión", destaca Navas.

Y, Lucia Gallego Deike, doctora y psiquiatra, ha comentado que en 7 países en el mundo es legal la eutanasia: Holanda, Bélgica, Luxemburgo, Suiza, España, Canadá y Colombia. Además, en EE.UU. se permite en 10 estados y también en un estado de Australia. Esta próxima la legalización de la eutanasia en nueva Zelanda.

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Gallego considera que la ley no ha tenido en cuenta la vulnerabilidad de los enfermos mentales. "Estos pacientes están desfavorecidos por diferentes factores sociales, por el estigma...", lamenta la psiquiatra.

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