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Los conductores con enfermedades cardiovasculares están sujetos a mayor riesgo de accidente de tráfico

En la historia clínica han de quedar reflejadas las enfermedades cardiovasculares específicas por las que el paciente no es apto para conducir de forma temporal o permanente.

30/07/2021

Las personas que padecen diversos tipos de enfermedades cardiovasculares están sujetas a un mayor riesgo de accidente de tráfico en la carretera. Aunque solo entre el 1 y el 5 por ciento de las muertes cardíacas repentinas ocurren al frente del volante, incluso un simple síntoma puede tener consecuencias fatales, ...

Las personas que padecen diversos tipos de enfermedades cardiovasculares están sujetas a un mayor riesgo de accidente de tráfico en la carretera. Aunque solo entre el 1 y el 5 por ciento de las muertes cardíacas repentinas ocurren al frente del volante, incluso un simple síntoma puede tener consecuencias fatales, según se desprende de un estudio realizado en la Facultad de Medicina de Viena, Austria.

Numerosas enfermedades pueden provocar accidentes de circulación y, por tanto, impactar sobre la seguridad personal y pública, de ahí que Lla presión arterial alta, las enfermedades coronarias y la insuficiencia cardíaca podrían ser motivo de una prohibición temporal de conducir un vehículo. "Las personas con patologías cardíacas no necesariamente que dejar de conducir, pero sí se les debe notificar si su condición les permite coger o no el coche", señaló el autor del estudio, Thomas Pezawas, del Departamento de Medicina II (División de Cardiología) de la citada Facultad. "Por ejemplo -prosigue- una persona con presión arterial alta superior a 180/110 mmHg no debe conducir un vehículo y se le debería imponer una prohibición de conducir de unas cuatro semanas a conductores profesionales después de una revisión de catéter cardíaco con implantación de stent".

De ahí que los conductores deben ser conscientes de que, si se les ve manejando un vehículo tras haber recibido una advertencia documentada, su seguro no será válido en caso de accidente. En cualquier caso, la carga de la prueba recae en el conductor, ya que evitar ir al médico no da carta blanca para seguir conduciendo.

Lista de enfermedades cardiovasculares

El artículo publicado en ´Current Problems in Cardiology´ hace referencia a enfermedades cardiovasculares específicas, en las que el paciente no es apto para conducir de forma temporal o permanente. Entre ellas destaca, después de la implantación de un desfibrilador (ICD), la sustitución de un dispositivo o después de que el ICD haya provocado una descarga. El espectro de enfermedades mapeadas comprende todas las arritmias cardíacas, síntomas similares a convulsiones (episodios de síncope), enfermedad coronaria, insuficiencia cardíacae hipertensión.

"Es muy beneficioso para todos los interesados ​​registrar la aptitud para conducir y / o los tiempos de espera en el historial médico", recomienda Pezawas. En este contexto, los pacientes post-COVID representan un nuevo territorio. "Las palpitaciones y los mareos también pueden ocurrir en aquellos que se recuperan de COVID-19", recuerda este experto, "y será necesario introducir regulaciones sobre la aptitud para conducir también para los pacientes que han sufrido COVID".

Cálculo del riesgo de un accidente grave

El riesgo anual de daño (RH = riesgo de daño) para otros conductores se puede calcular individualmente utilizando la fórmula RH = TD x V x SCI x Ac (TD = tiempo al volante, V = tipo de vehículo, SCI = riesgo anual de incapacidad repentina para conducir, Ac = probabilidad de un accidente grave). Se asume que un conductor particular pasa un 4% del tiempo (1 hora / día) al volante y un conductor profesional un 25% (6 horas / día), por lo que se deben imponer reglas más estrictas para este último grupo.

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