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El principal derecho de los profesionales de la neonatología frente a la profilaxis es la libertad de prescripción

Desde la Clínica Legal de la Universidad de Alcalá, destacan que existe “una barrera por la residencia”, en el sentido de tener acceso en un hospital y no en otro. Aseguran que se establecen unos criterios en base al área sanitaria, incluso dentro de una misma ciudad, o en base a un hospital. Reclama, por ende, una unificación de criterios.

19/09/2019

Respecto a los derechos de los profesionales de la neonatología frente a la profilaxis, Miguel Ángel Ramiro Avilés, profesor titular de Filosofía del Derecho de la Universidad de Alcalá, asevera que el principal está vinculado a su libertad de prescripción. "Tienen libertad de prescripción sometida a una serie de condiciones, ...

Respecto a los derechos de los profesionales de la neonatología frente a la profilaxis, Miguel Ángel Ramiro Avilés, profesor titular de Filosofía del Derecho de la Universidad de Alcalá, asevera que el principal está vinculado a su libertad de prescripción. "Tienen libertad de prescripción sometida a una serie de condiciones, pero si ellos creen que la profilaxis en el caso del Virus Respiratorio Sincitial (VRS) clínicamente está aconsejada, existe un criterio clínico que es independiente del criterio del uso racional de los medicamentos. Su principal derecho es esa libertad de prescripción", justifica. No tiene que haber barreras que impidan el disfrute de los derechos en igualdad de condiciones, en especial, no puede haber "discriminación por código postal" en el sentido de tener acceso en un hospital y no en otro.

La Clínica Legal de la Universidad de Alcalá se integra en la Cátedra Discapacidad, Enfermedad Crónica y Accesibilidad a los Derechos (CL-DECADE). El profesor Ramiro Avilés destaca que han comprobado que existe "una barrera por la residencia". Es decir, que se establecen unos criterios en base al área sanitaria, incluso dentro de una misma ciudad, o en base a un hospital. Reclama, por ende, una unificación de criterios.

Denuncia que se dieron cuenta de que "había una especie de barrera de acceso a estos medicamentos, que no son terapéuticos aunque sí preventivos, como si fueran menos importantes". Hace hincapié en la importancia de la prevención desde el punto de vista de la Salud pública. Añade que del mismo modo existen barreras de acceso a otros servicios: "Barreras de acceso a los medicamentos antirretrovirales que se coformulan a dosis fija cuando alguno de sus componentes ya dispone de un medicamentos genérico. Barreras de acceso a prestaciones sociales como son las residencias para mayores porque las personas no pueden tener enfermedades infecto-contagiosas. Barreras de acceso al ejercicio de derechos cuando se excluye de la donación de sangre a personas que trabajen/convivan de forma habitual con personas con VIH". Sostiene que ninguna de esas barreras tiene sentido, ya que "se podrían establecer medidas alternativas menos restrictivas de los derechos".

Para ponerse en contacto con la Clínica Legal: clinicalegal@uah.es

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