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La GVA mantiene la estructura de la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios

El Consell aprueba el nuevo reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Sanidad Universal.

10/03/2017

El Pleno del Consell de la GVA ha aprobado el nuevo Reglamento Orgánico y Funcional (ROF) de la Consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, que sustituye al decreto 156/2015, aprobado el 18 de septiembre de 2015, y que dirige Carmen Montón. El nuevo ROF responde a la necesidad de adaptar ...

El Pleno del Consell de la GVA ha aprobado el nuevo Reglamento Orgánico y Funcional (ROF) de la Consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, que sustituye al decreto 156/2015, aprobado el 18 de septiembre de 2015, y que dirige Carmen Montón.

El nuevo ROF responde a la necesidad de adaptar y adecuar la estructura orgánica y funcional de la conselleria a las necesidades de la misma, de forma que contribuya a una mejora de la planificación, gestión y control de la acción pública de este departamento y a su eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados en el Plan de Salud de la Comunitat Valenciana. Este cambio no comporta gasto alguno para la administración autonómica, ya que se mantienen el mismo número de Direcciones Generales, Subdirecciones Generales y Servicios.

En el nuevo Reglamento Orgánico y Funcional (ROF) de la Consellera de Sanidad Universal y Salud Pública se mantiene el número de órganos superiores y directivos de la conselleria con idéntica denominación, si bien se realizan modificaciones en cuanto a la adscripción orgánica y funcional de determinadas unidades administrativas dependientes de estos órganos.

De este modo, se adscriben a la Secretaría Autonómica de Salud Pública y del Sistema Sanitario Público las funciones del Servicio del Plan de Salud, servicio ya existente y adscrito hasta ahora a la Dirección General de Salud Pública. Este servicio pasa a denominarse Servicio de Planificación y Evaluación de Políticas de Salud. Por su parte, la Subsecretaría mantiene su estructura en tres unidades administrativas: la Secretaría General Administrativa, la Subdirección General de Gabinete Técnico y la Subdirección General de la Escuela Valenciana de Estudios de la Salud.

Respecto a la Dirección General de Recursos Humanos y Económicos observa ciertos cambios tendentes a una mejor organización y funcionalidad de sus variadas competencias, pasando de tres a cuatro Subdirecciones Generales. La hasta ahora Subdirección General de Recursos Humanos se divide en dos, por un lado, la Subdirección General de Recursos Humanos, de la que dependerán tres Servicios ya existentes, y por otro lado, la Subdirección General de Administración de Personal y Salud Laboral, que arroga los dos servicios ya existentes en la hasta ahora Dirección General de Recursos Humanos, y asume el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales, que se encuentra hasta la fecha integrado en la Dirección General de la Alta Inspección Sanitaria.

Paralelamente, la Dirección General de la Alta Inspección Sanitaria, sufre variación en su estructura pasando a unificarse sus funciones en una sola subdirección general. Y pierde el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales, que pasa a integrarse, como se ha indicado en el apartado anterior, en la Subdirección General de Administración de Personal y Salud Laboral de la Dirección General de Recursos Humanos y Económicos.

El nuevo ROF establece que la Dirección General de Asistencia Sanitaria, aunque mantiene su estructura en tres Subdirecciones Generales con idéntica denominación, Subdirección General de Planificación y Organización Asistencial, Subdirección General de Actividad Asistencial Integrada y Subdirección General de Evaluación de la Gestión Asistencial, lleva a cabo cambios en las unidades dependientes tendentes a una mejor organización, de forma que desde cada subdirección se asume un cometido.

La Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios mantiene su estructura, no generándose cambios ni en sus unidades administrativas dependientes ni en las funciones de las mismas.

En cambio, la Dirección General de Salud Pública mantiene sus tres Subdirecciones Generales, si bien desaparece el Servicio del Plan de Salud, que dependía directamente de la persona titular de la Dirección General de Salud Pública, que pasa a adscribirse en este nuevo reglamento, como se ha señalado, a la Secretaría Autonómica de Salud Pública y del Sistema Sanitario Público. 

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