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La FNCP remarca la capacidad para dispensar sus propias recetas de los centros privados

Considera poco apropiado que se aproveche una disposición adicional de un Real Decreto para modificar otro Real Decreto cuando, además, no tratan sobre la misma temática y no entiende esta “oscura” forma de actuar por parte de la administración.

27/10/2015

El Real Decreto que regula la financiación y fijación de precios de medicamentos y productos sanitarios y su inclusión en la prestación farmacéutica del SNS establece en su Disposición final primera una modificación respecto al RD 1718/2010, sobre receta médica y órdenes de dispensación, según la cual “los Consejos Generales ...

El Real Decreto que regula la financiación y fijación de precios de medicamentos y productos sanitarios y su inclusión en la prestación farmacéutica del SNS establece en su Disposición final primera una modificación respecto al RD 1718/2010, sobre receta médica y órdenes de dispensación, según la cual “los Consejos Generales de las organizaciones colegiales corporativas de médicos, odontólogos, podólogos, fisioterapeutas y enfermeros con actividad privada y/o libre ejercicio profesional, serán los únicos responsables de la edición, gestión, control e inspección de la impresión, distribución y entrega de sus talonarios e impresos de recetas médicas y órdenes de dispensación”.

Según el artículo 2 del Real Decreto 1718/2010 podrán dispensar recetas médicas y órdenes de dispensación “los profesionales sanitarios autorizados, en el ejercicio de sus funciones, en el ámbito de la asistencia sanitaria y atención farmacéutica del Sistema Nacional de Salud, incluidos los Regímenes Especiales de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS) y de la Mutualidad General Judicial (MUGEJU), así como de las demás entidades, consultas médicas, establecimientos o servicios sanitarios similares públicos o privados, incluidos los dependientes de la Red Sanitaria Militar del Ministerio de Defensa, así como centros socio sanitarios y penitenciarios, sin perjuicio de las peculiaridades que, en su caso, proceda establecer”.

La FNCP considera poco apropiado que se aproveche una disposición adicional de un Real Decreto para modificar otro Real Decreto cuando, además, no tratan sobre la misma temática y no entiende esta “oscura” forma de actuar por parte de la administración. La FNCP opina que el Real Decreto 1718/2010 da a los Centros Sanitarios Privados la suficiente legitimación y competencia para realizar la dispensación de recetas y, por ello, ha iniciado las acciones pertinentes de cara a que este nuevo Real Decreto refleje la capacidad de los centros sanitarios privados para gestionar su propio sistema de generación de recetas para los profesionales médicos que ejerzan su profesión en dichos centros.

Limitar la potestad de gestionar las recetas privadas a los Colegios Oficiales reduce las opciones de acceso de los profesionales a un solo punto, con lo que tendrían que aceptar los precios y condiciones establecidas sin posibilidad de elección, convirtiendo la dispensación de recetas en un negocio para los Colegios profesionales y perjudicando a los propios profesionales.  Por otro lado, son muchos los hospitales y grupos hospitalarios que ya han desarrollado un sistema propio de generación de recetas de acuerdo a la normativa y que verían inutilizado su inversión y su esfuerzo.

Actualmente, la FNCP cuenta también con una plataforma de generación de recetas privadas que utilizan más de 50 hospitales asociados y que permite a los centros la emisión sencilla y segura de recetas para sus profesionales, de acuerdo con la legislación vigente en cuanto a formato, dificultad de falsificación y comprobación por las oficinas de farmacia. Además incorpora los más altos cánones de seguridad de la información de acuerdo a la LOPD y permite en todo momento el control de las recetas emitidas.

La plataforma de la FNCP funciona con una cuota fija mensual por centro sanitario, que permite la generación de las recetas necesarias para cada centro sin un aumento de los costes. Este sistema no necesita instalación de ningún software adicional. Además, las recetas se pueden escribir directamente a ordenador y cuenta con una  base de datos de pacientes, desplegables con los valores más comunes de posología y una base de datos de medicamentos, cedida por la Agencia Española del Medicamento.  

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