Publicidad
Publicidad

Muchos hospitales no conocen las disposiciones previas al fallecimiento de sus pacientes

Durante una jornada sobre las decisiones del paciente ante su salud futura y su inevitable fallecimiento, el secretario general de la OMS, Serafín Romero, aseguró que la mayor parte de los ciudadanos fallece en los hospitales, sin que exista muchas veces opción a respetar las decisiones que dejaron dichas en vida.

17/06/2015

Durante la mañana de este miércoles, 17 de junio, discurrió la jornada sobre “Instrucciones Previas”, organizada por la Fundación para la Formación de la Organización Médica Colegial (FFOMC) en la propia sede del ente profesional. Dichas instrucciones previas, también llamadas voluntades anticipadas, son las decisiones que una persona manifiesta en ...

Durante la mañana de este miércoles, 17 de junio, discurrió la jornada sobre “Instrucciones Previas”, organizada por la Fundación para la Formación de la Organización Médica Colegial (FFOMC) en la propia sede del ente profesional. Dichas instrucciones previas, también llamadas voluntades anticipadas, son las decisiones que una persona manifiesta en relación a los tratamientos que pueda recibir en el futuro, ante la hipótesis de padecer determinadas enfermedades o discapacidades y ante el propio final de su vida. Estas instrucciones son tan importantes que pueden determinar no recibir ciertas terapias, no alargar la vida si no hay esperanza de recuperación, fallecer en el propio domicilio o en el hospital, lugar más frecuente, donar los órganos para otros pacientes o el cuerpo a la Ciencia, o ser inhumado o incinerado, entre otras muchas posibilidades. Naturalmente, se trata de decisiones que, según el presidente de la Comisión Central de Deontología de la OMC, el doctor Marcos Gómez Sancho, siempre han de ser acotadas por la Lex Artis que rige la práctica de la Medicina, el Código Deontológico de la OMC y la legalidad vigente en cada momento.

El doctor Mariano Casado, secretario de la Comisión Central de Deontología de la OMC, aclaró que las instrucciones previas no deben confundirse con el testamento vital, porque son cosas distintas. Según explicó se trata de un documento en el que se recogen las decisiones personales del paciente, haciendo constar un representante que las haga valer y utilizando los servicios de un notario, 3 testigos o los funcionarios públicos disponibles. La también especialista en Medicina Forense María Castellano recalcó que los pacientes tienen derecho a ser informados al mismo tiempo que el personal asistencial (médicos y enfermeros) tiene el deber de informarles. En cuanto a las decisiones que los ciudadanos pueden adoptar en relación a la evolución de su salud o su enfermedad está elegir qué se debe hacer ante una patología incurable o terminal y cuando se dan cuadros de agonía. Así mismo, recordó la doctora, deben registrarse cuestiones como la aceptación o el rechazo de tratamientos y técnicas terapéuticas, de acompañamiento familiar, de desconexión de soporte vital o de mantenimiento de la vida de la madre embarazada con objeto de salvar al feto, dentro de los muchos escenarios posibles. El doctor Enrique Villanueva, profesor emérito de la Universidad de Granada y antiguo presidente de la comisión de Deontología, relató varios ejemplos  habidos en EEUU. Uno de ellos fue un caso de desobediencia con una paciente con Diabetes y otro, ocurrido en 1957, por el que se sancionó a un médico que no respetó la decisión previa libremente expresada por su paciente. Villanueva también mencionó el caso de pacientes en fases iniciales de Alzheimer, como ejemplos paradigmáticos en los que sería necesario dictar instrucciones previas.

Como ejemplo de clínico hospitalario, participó en la jornada el presidente de la Sociedad Española de Cuidados Paliativos y responsable de este servicio en la Fundación Jiménez Díaz, doctor Álvaro Gándara. Como ejemplo puso su propio centro asistencial, en el que inicialmente nadie tenía acceso a las instrucciones previas dictadas por los pacientes, hasta que su uso se pudo convertir en una práctica habitual. Aseguró Gándara también que este tipo de documentos debería ser de uso generalizado, teniendo en cuenta que el 80% de los fallecimientos son causados por enfermedades de curso previsible.

Finalmente, el abogado Ricardo de Lorenzo, precisó que se dispone en España de un Registro Nacional de Instrucciones Previas, regulado desde el año 2007 por un real decreto pero que, sin embargo, sólo ha recogido en él hasta el pasado mes de febrero algo más de 170.000 ciudadanos. En cuanto a la primera reglamentación autonómica sobre el particular, tuvo lugar 5 años antes en Cataluña (Ley 21/2010).

PIE DE FOTO:       El presidente de la Comisión Central de Deontología de la OMC, doctor Marcos Gómez Sancho; el doctor Enrique Villanueva, profesor emérito de la Universidad de Granada y antiguo presidente de la comisión de Deontología; la doctora María Castellano, vocal de la comisión de la OMC; y el doctor Mariano Casado, secretario de dicha comisión

Publicidad
Publicidad
Nuestros Podcasts