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El tratamiento ambulatorio involuntario en psiquiatría, un tema comprometido

El tratamiento involuntario está regulado en la mayoría de los países de nuestro entorno, pero en el nuestro ha levantado un aluvión de críticas

30/01/2018

Hace tiempo que desde la Sociedad Aragonesa de Psiquiatría Legal y Ciencias Forenses trabajan sobre un tema complejo para los psiquiatras, espinoso para los políticos y controvertido para los pacientes y familiares: el tratamiento ambulatorio involuntario del enfermo mental (TAI). El objetivo que se persigue con esta iniciativa es regular, es ...

Hace tiempo que desde la Sociedad Aragonesa de Psiquiatría Legal y Ciencias Forenses trabajan sobre un tema complejo para los psiquiatras, espinoso para los políticos y controvertido para los pacientes y familiares: el tratamiento ambulatorio involuntario del enfermo mental (TAI). El objetivo que se persigue con esta iniciativa es regular, es decir, conseguir que exista una norma que prevea el poder imponer una medicación a una persona que, debido a su enfermedad mental, no tiene conciencia de su trastorno y rechaza cualquier tipo de tratamiento, no solo el farmacológico. El enfermo, al no seguir un tratamiento empeora; al empeorar habitualmente hay que ingresarlo (casi siempre involuntariamente, que para esto si existe un precepto legal), y al ingresarlo en una unidad de agudos se contribuye a su estigmatización social y a un incremento del sufrimiento personal y familiar.

El tratamiento involuntario está regulado en la mayoría de los países de nuestro entorno, pero en el nuestro ha levantado un aluvión de críticas en las redes sociales. Cierto es que la mayoría vienen de los propios enfermos, que consideran un abuso, cuando no un maltrato, el que en ocasiones se les tenga que imponer un tratamiento de forma involuntaria, por que la enfermedad mental que sufren, generalmente una psicosis, les impida percibir la realidad tal y como es, y no como ellos creen que es.

Comprendemos y aceptamos que los enfermos critiquen o cuestionen la medida. Lo que ya no podemos entender ni admitir es que profesionales, unos del derecho y otros de la medicina, pongan también en cuestión algo que es obvio: que existen enfermedades mentales graves que hacen perder el contacto con la realidad. Cuestionar esto en el siglo XXI, precisamente el llamado siglo de las neurociencias, es fruto de una ignorancia supina o, lo que es peor, de una maldad manifiesta.

Ignorancia al desconocer las bases neurobioquímicas del enfermar mental, y por lo tanto seguir pensando que, las alucinaciones, los delirios, el embotamiento afectivo, los trastornos de conducta, etc. que tienen algunos enfermos son fruto de posesiones demoniacas, rituales de brujería, influencias maléficas, contaminaciones ambientales, intoxicaciones misteriosas, forma de vida estresante, complejos infantiles y un largo etcétera.

Pero lo peor es la maldad que entorno a este tema también existe. Algunos, negando la evidencia científica, consiguen mantener y entretener en sus consultas privadas, pseudoinstitutos de investigación, "centros supuestamente terapéuticos" o clínicas "especiales" a pacientes y a familiares a los que torticeramente les dan esperanzas falsas, remedios homeopáticos, terapias "emocionales", tratamientos placebo, todo ello, por supuesto con un notable incremento de su patrimonio y del empobrecimiento del ajeno, en este caso, del enfermo y su familia.

El cerebro no es tan diferente como el resto de los órganos que componen el organismo, esto es, a fecha de hoy, una evidencia. Está compuesto por células (neuronas) que siguen las leyes generales de la biología. Pero algunos, afortunadamente pocos, quieren seguir viendo en ese órgano la existencia de "algo" distinto y especial. El que el encéfalo o cerebro sea complejo en su funcionamiento, no le hace desigual al resto de nuestros sistemas biológicos.

Por supuesto que regular un tratamiento ambulatorio involuntario debe contar con todas las garantías legales necesarias (control judicial, intervención del ministerio fiscal, del médico forense, diagnostico consolidado y contrastado por varios especialistas, etc.), ya que se trata de proteger, nunca de castigar.

Pero lo peor de toda esta historia es que a fecha de hoy, amparándose unos en la grandilocuente palabra de la "libertad", y otros escudándose en los supuestos intereses ocultos de las poderosas multinacionales, tengamos que seguir esperando a que un enfermo mental cometa un hecho delictivo grave, para, a duras penas, entonces sí, poder instaurar una medida de seguridad forzosa, dictada tras una reclusión preventiva y en un procedimiento penal. Eso sí es estigmatizar y hacer un daño irreparable al enfermo y a toda su familia.

AutorJose Carlos Fuertes Rocañin. Doctor en Medicina. Especialista en Psiquiatra. Médico Forense (exc.) Vicepresidente de la Sociedad Aragonesa de Psiquiatría Legal y Ciencias Forenses.

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